¿Puede la apariencia de un edificio, casa, establecimiento co-mercial u obra arquitectónica tener carácter singular y novedoso? ¿Puede un edifico identificar a su promotor sin necesidad de que se lea su nombre o logotipo? ¿Pueden incluso ser capaces de identificarse con un servicio de una empresa?
Está claro que sí y que este hecho singular se puede proteger y explotar en exclusiva.
De hecho, ya se han registrado edificios, establecimientos comerciales, fachadas, casas, interiores.... como títulos de propiedad industrial, esto es, como marcas tridimensionales o como diseños industriales, dependiendo de cada caso y ciertos requisitos.
Así pues, por ejemplo, se ha registrado como marca tridimensional el aspecto (apariencia) de una gasolinera, establecimientos de comida rápida, concesionarios de coches... no cabe duda que el aspecto de estos y de otros establecimientos como bancos, peluquerías..., tienen capacidad distintiva suficiente para que el consumidor que se encuentre en ellos o los vea desde la calle o carretera los reconozca y distinga de los demás.
Se tratan normalmente de establecimientos que operan como franquicias o en los que su propietario busca una imagen muy diferente, estableciendo una estrecha vinculación con su imagen (externa y/o interna); y el empresario permite a los consumidores reconocerlos fácilmente y saber de qué establecimiento se trata, sin tener la necesidad de confirmarlo leyendo el nombre o logotipo que lo identifica.
También los edificios destinados a oficinas y viviendas muchas veces nos indican por su apariencia quién es el constructor o promotor: estamos ante una marca. Y si este carácter distintivo es discutible según el caso, como mínimo estaremos ante un diseño industrial. Incluso en los mismos se pueden reivindicar las llamadas "Position marks" en alguna parte de su conjunto.
Se han registrado diseños industriales consistentes en un modelo de casa unifamiliar, bloque de edificios civiles, edificios de oficinas y conjunto de edificios de oficinas; también a veces se ha optado por registrar también como diseño industrial algunos establecimientos antes citados.
Podemos encontrar precedentes de marcas arquitectónicas en los Estados Unidos, donde son relativamente frecuentes las marcas cons-tituidas por estructuras arquitectónicas que tuvieron su origen en los edificios de alimentación y gasolineras situados en las inmediaciones de las carreteras y autopistas. La opción de marca tridimensional o diseño industrial, a la hora de escoger el título de Propiedad Industrial que nos protegerá, dependerá de muchas circunstancias a valorar por los profesionales (agentes y abogados de Propiedad Industrial). Por ejemplo, no se podrá registrar un establecimiento como diseño industrial si éste ya se ha hecho público de acuerdo con la ley; en cambio, sí que se podrá registrar como marca si tiene capacidad distintiva. En definitiva, hay muchas variantes y posibilidades dependiendo de cada caso en particular, siendo importante estar bien asesorado.
No hay duda que la imagen de establecimientos, edificios y locales posee, en muchos casos, un importante gancho comercial o diseño singular que conviene proteger, evitando, así, que terceros los hagan suyos indebidamente y asegurandose su exclusividad.
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