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El ICAB promueve servicios de carácter preventivo en materia de honorarios
Fuente: ICABLecturas: 876
Publicado en Togas.biz: 27.05.2004
Publicado en Togas40 - La Vanguardia : 27.05.2004 (leer todos los artículos)

| El ICAB promueve servicios de carácter preventivo en materia de honorarios FOTO |El precio u honorarios de los servicios profesionales de los abogados son libres y están sujetos a los pactos que puedan establecerse entre el letrado y su cliente, siempre dentro del respeto a las normas deontológicas y las normas sobre la libre competencia, así como la debida información al consumidor.
    
En la relación entre el abogado y su cliente, desde el Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) se fomenta y se aconseja el uso de las hojas de encargo profesional como herramienta para garantizar tanto la información del cliente o consumidor como la seguridad en cuanto a los límites y al contenido del encargo, siempre desde la claridad exigida por el Derecho de Consumo. La hoja de encargo también contribuye a garantizar el cobro de los honorarios por parte del abogado, sin necesidad del informe del Colegio cuando contenga informe previo. Y es que de la misma manera que se acostumbra a pedir un presupuesto cuando se contratan otros servicios que tienen un desarrollo en el tiempo, hay que exigirlo al abogado y hace falta que éste lo ofrezca al cliente. A través de la hoja de encargo se especifica de forma previa tanto su coste como el alcance del mismo encargo, lo cual es conveniente visto el referido carácter libre de los honorarios profesionales, sujetos sólo a los pactos entre cliente y abogado.

Los abogados tienen unos criterios orientadores a la hora de establecer el precio u honorarios de sus servicios profesionales. Estos criterios sirven de valores objetivos de referencia, de forma similar a lo que sucede con los valores catastrales respecto de los inmuebles, dado que en caso de una condena en costas estos honorarios los tiene que pagar la parte contraria, lo cual exige una determinación a priori y objetiva, en función de la responsabilidad asumida y del tiempo empleado en la realización de la actuación judicial o el encargo profesional.

En este sentido, la Ley establece que los colegios de abogados tendrán que informar sobre el carácter excesivo o no de los honorarios de los abogados que se incluyan en las tasaciones de costas. Y en este contexto, hemos podido observar como en los diez últimos años se ha incrementado en más del doble el número de dictámenes y de pruebas periciales solicitadas por parte de los Juzgados esencialmente en los incidentes de tasaciones de costas judiciales, lo cual había dado lugar a una progresiva acumulación y atraso en su tramitación. En este sentido, la Comisión de Honorarios ha experimentado una profunda transformación en el último año, reduciendo en más de diez meses el tiempo medio de demora en la tramitación de sus dictámenes, que actualmente es inferior a los tres meses.

El servicio colegial se ha reforzado con la contratación de ocho letrados, bajo la coordinación de Carolina Sánchez, como letrada-jefe del Departamento. Los dictámenes son revisados por los compañeros de la Comisión de Honorarios y aprobados por la Junta de Gobierno del Colegio. Además, se ha racionalizado el coste de la emisión de los dictámenes estableciendo unos derechos económicos no en base a un porcentaje de la minuta, como no se hacía hasta la fecha, sino en uno escalado que oscila entre 50 y 200 euros, en función del importe de la minuta, así como tramitando el cobro de estos derechos económicos de forma previa, al recibir la solicitud del Juzgado.

El pago de estos derechos colegiales garantiza el mantenimiento de este servicio, por parte de sus usuarios, en los mencionados términos de calidad, eficacia y agilidad, que todavía hay que mejorar.

Todas estas modificaciones han sido recogidas en el Reglamento de la Comisión de Honorarios publicado en el DOGC nº. 4057 de 27 de enero de 2004, en el cual también se contemplan otros nuevos servicios prestados por esta Comisión, desde la perspectiva de favorecer la adecuación de las minutas a los criterios de honorarios y evitar su impugnación. Se trata de los servicios de validación de minutas, los peritajes de minutas, la reclamación de minutas y los arbitrajes en casos de controversia.

FREDERIC MUNNÉ CATARINA
Diputado de la Junta de Gobierno
Presidente de la Comisión de Honorarios

ICAB

Barcelona
Mallorca 283
08037
Barcelona

Tel. 93 496 18 80
Fax. 93 487 15 89

Email: icab@icab.cat
Web: www.icab.cat
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