Desde Noviembre de 1992, con un único paréntesis en 1995, cada año el Il·lustre Col·legi d´Advocats de Barcelona, a través de la Comisión que ahora presido, ha venido convocando a jueces, abogados, médicos, técnicos de siniestros, en definitiva a los diferentes operadores jurídicos y profesionales relacionados con la gestión del siniestro, para la celebración del Congreso de resonsabilidad civil (RC).
Cada convocatoria ha pretendido compaginar y mantener como pilares fundamentales del Congreso, el estudio, la formación continua del abogado, la existencia de un foro de debate que permitiera conocer y a la vez unificar criterios y crear un marco de relaciones entre los profesionales del derecho y entre todos los sectores sociales relacionados con el mundo de la Responsabilidad Civil.
Nos honra gratamente, haber podido contar con la colaboración de magistrados, jueces, catedráticos, profesores, abogados, médicos, etc, que se han puesto a disposición de la organización del Congreso, movidos exclusivamente por el interés intelectual unido a una gran vocación de compañerismo, al margen de cualquier interés económico.
Pero lo más importante para los organizadores, ha sido aglutinar un gran número de operadores jurídicos, mayoritariamente abogados. Podemos vanagloriarnos que en la inmensa mayoría de convocatorias, se han superado los seiscientos asistentes, convirtiéndose sin duda, casi sin querer, en la primera convocatoria que desarrolle la responsabilidad civil, realizada por un Colegio de Abogados del estado español, y desde luego, por delante de cualquier convocatoria, que haya podido realizar la iniciativa privada, sobre la misma materia.
El Congreso de RC, ha desarrollado en sus diferentes sesiones un amplio temario sobre contenidos genéricos y específicos, guardando todos ellos especial relación con el nacimiento y la declaración de responsabilidad, así como con el cumplimiento de las obligaciones que tal declaración de responsabilidad genera y de los conflictos existentes como consecuencia de un hecho dañoso, esté o no asegurada su reparación.
Conceptos como culpa, daño, reparación e indemnización han sido desgranados desde la perspectiva del perjudicado y del causante del daño, del asegurado y del asegurador, en definitiva desde todos los prismas y enfoques que podían permitir el estudio y el acuerdo sobre la justa reparación del perjuicio.
En la sociedad actual, tanto en el ámbito del derecho público como en el privado, resulta difícil admitir que el daño causado pueda quedar sin reparación.
El legislador que desde la más remota antigüedad ha procurado que la obligación de no dañar a nadie, forme parte del ordenamiento jurídico, es en la actualidad más exigente y mucho más específico al regular los derechos y las obligaciones de los ciudadanos e incluso de la propia Administración.
Por ello, no debe extrañar que las ponencias expuestas en el Congreso se hayan dedicado a comentar y analizar temas como: las responsabilidades derivadas de accidente de circulación, la responsabilidad civil del producto, la responsabilidad patrimonial de la Administración, la responsabilidad de los profesionales (abogados, procuradores, médicos, arquitectos, ingenieros, administradores, etc...), la legislación de Seguros, los daños al medio ambiente, el Sistema de Valoración del daño corporal y la determinación de la indemnización, las acciones de grupo, etc.
La preocupación de la organización ha sido siempre, la de tener la visión de plantear cualquier tema que socialmente pueda provocar preocupación o incertidumbre jurídica.
Ahora nos encontramos con la convocatoria ya formalizada del XII Congreso de Responsabilidad Civil, prevista para los próximos días 18 y 19 de Marzo, teniendo previsto desarro-llar ponencias sobre: las últimas novedades legislativas (LOPJ y su incidencia en las reclamaciones por responsabilidad patrimonial, la responsabilidad civil en el ámbito de la ley concursal, las secuelas temporales y el perjuicio estético, la prescripción de la acción de responsabilidad civil), los problemas que puede plantear el fallecimiento sobrevenido de grandes inválidos indemnizados, los problemas procesales que en la actualidad puede plantear el "viejo" juicio ejecutivo del automóvil, para cerrar las sesiones incidiendo en el nuevo baremo europeo o sistema de valoración del daño que permita cuantificar la indemnización del perjudicado.
Sólo nos queda decir que, desde la Comisión y por tanto desde el Il·lustre Col·legi d´Advocats de Barcelona, deseamos que el XII Congreso de RC, tenga una mejor acogida si cabe, entre los operadores jurídicos, y que la participación presencial y activa en las sesiones, supere en lo posible a las anteriores ediciones.
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