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Lobbies y pasiones en el mundo de la patente farmacéutica
Fuente: Amat i Vidal-Quadras AdvocatsLecturas: 432
Publicado en Togas.biz: 15.02.2007
Publicado en Togas66 - La Vanguardia : 15.02.2007 (leer todos los artículos)

| Lobbies y pasiones en el mundo de la patente farmacéutica FOTO |

Miguel Vidal Quadras. Doctor en derecho y abogado

El mundo de la propiedad industrial puede resultar ciertamente apasionante. No sólo respecto de las marcas, que son el sello de la firma y a partir de ellas los consumidores reconocemos los productos de las empresas pues nos permiten asociarlos con un determinado hacer en el mercado. Incluso en algo tan técnico como las patentes pueden desatarse las pasiones.

Hemos de recordar que la razón de ser de la patente difiere de las marcas. Su importancia deriva del interés del Estado en que la sociedad se nutra de la información técnica proporcionada por los inventores que, con el incentivo de beneficiarse de una exclusiva temporal en el mercado, dan a conocer al público los principios que rigen sus invenciones. Con ello se pretende incentivar la innovación, premiando a quien inventa y se presta a dar a conocer sus invenciones.

Determinados campos como el farmacéutico han estado vedados parcialmente al derecho de patente debido a razones estratégicas y para garantizar el sistema público de salud. Así, España no permitió hasta 1992 la patentabilidad de los productos farmacéuticos como tales. Ésta ha sido una situación que se ha dado en casi todos los países del mundo y que ha permitido a muchas compañías resistir las fuertes presiones de la competencia (a veces a golpe de demanda) para situarse en una posición óptima en un mercado ciertamente sofisticado y complejo.

Si bien hasta la actualidad esta realidad ha sido pacífica, la falta de revulsivos en la industria farmacéutica (La Vanguardia se hacía eco de ese hecho recientemente, ver su separata Dinero de 28 de enero de 2007) ha llevado a que en los últimos dos años se multipliquen las acciones de lobby de la gran industria farmacéutica (Big Pharma) para conseguir un cambio de legislación que permita evitar la entrada de genéricos en medicamentos estrella (blockbusters) durante los próximos años. Es decir: se reclama un cambio de legislación no para favorecer la innovación sino para evitar los efectos de la falta de innovación, cual es la inevitable pérdida de mercado.

Ese cambio de rumbo consiste esencialmente en ofrecer como una realidad algo que no es sino el fruto de una muy sofisticada e interesada lectura de una normativa, la de la OMC, diez años después de su entrada en vigor. En efecto, se defiende por las corporaciones interesadas que el panorama legal habría cambiado y que las patentes de producto farmacéutico serían válidas aún antes de 1992. No sin entrar en abiertas contradicciones, como el de no haber planteado esta nueva perspectiva durante todo el tiempo transcurrido desde 1996, cuando el Acuerdo fue efectivo en materia de derechos de propiedad industrial.

Para ello no han faltado recursos, como publicaciones, propuesta de enmienda a la ley (aceptada inicialmente y retirada con posterioridad por el partido político que la presentó al darse cuenta de las graves consecuencias que podía acarrear para la industria y para el sistema sanitario nacional) y continuas campañas de prensa destinadas a presionar a las administraciones y al Gobierno.

Esa política, que inicialmente tuvo efecto en algunas decisiones judiciales, parece estar girándose en contra de sus promotores, pues las sentencias que se han producido con posterioridad están suponiendo un cambio en el que la protección de la seguridad jurídica parece imponerse. Además, y en esta misma línea, se ha pronunciado también el Abogado General del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, quien en una situación similar, a la que en la actualidad se enfrenta la industria farmacéutica portuguesa, acosada también por las grandes corporaciones del sector, rechaza aplicar el Acuerdo OMC a situaciones anteriores a su entrada en vigor.

Todo ello lleva a la necesidad de una profunda reflexión: la propiedad industrial se creo para beneficiar a la sociedad y no a determinados intereses particulares o sectoriales. La OMC es un instrumento creado para favorecer el bienestar de las naciones facilitando el comercio entre ellas. Los intentos de instrumentalizar una importante herramienta jurídica como es la patente y de abusar de la exclusiva que confiere en perjuicio de su importante contribución a la sociedad lleva aparejado un grave riesgo: el de convertir la patente a los ojos del gran público en un elemento que amenaza al libre mercado, a las posibilidades de empresas emergentes y a la propia innovación y avance tecnológico.

Amat i Vidal-Quadras Advocats

BARCELONA
PAU CASALS 14 5º
08021
BARCELONA

Tel. 93 321 10 53
Fax.

Email: mvq@avqadvocats.com
Web: www.avqadvocats.com
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