 Además de los requisitos técnicos necesarios para implantar y gestionar un negocio electrónicamente, y en especial en Internet, se hace imprescindible atender los siguientes aspectos jurídicos que se ven afectados por la utilización de esta herramienta. En principio, existen tres grandes áreas que tienen que plantearse en el ámbito general, sin perjuicio del asesoramiento concreto que se tenga que diseñar a la medida, en cada caso específico de negocio electrónico.
1- La protección de datos de carácter personal Se trata de un tema de protección en el ámbito general, que debe cumplirse en todos los negocios que se implanten en la red, y que funcionen con las denominadas bases de datos de carácter personal. Habrá que atender al respeto de los derechos y los principios reconocidos en la normativa, en todas las fases de tratamiento de los dados, desde la obligación de la información en la recogida, hasta el cumplimiento de las medidas de seguridad.
2- La seguridad jurídica Además de utilizar los medios técnicos necesarios para garantizar la seguridad técnica, las consecuencias jurídicas de su uso son importantes a nivel de garantía de integridad del contenido, la autentificación de las partes y no repudio. Por otra parte, es necesario estudiar la eficacia y la validez jurídica de los documentos telemáticos que reflejen las transacciones.
3- Traslación de las categorías conceptuales tradicionales al medio virtual - Adaptación normativa del negocio: a) Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal b) Ley de Venta a Distancia c) Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios d) Ley de Condiciones Generales de la Contratación e) Ley General de Publicidad - Obtención de una “identidad digital”: la firma electrónica - Los documentos que son generados telemáticamente, como son la validez, la eficacia jurídica y la prueba - La propiedad industrial - La propiedad intelectual - Publicidad en Internet: la propia y la de otros - Empleados: teletrabajo - Procedimientos de resolución de conflictos - Prestación de garantías - Delimitación y exoneración de responsabilidades.
Isabel Davara F. de Marcos. Abogado. Jausàs, Nadal & Vidal de Llobatera
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