¿Debe existir uniformidad en el Impuesto sobre Sucesiones entre
las Comunidades Autónomas? La limitada competencia legislativa
de que disponen las CCAA de régimen común impide justificar
las diferencias extremas en el régimen fiscal del ISD. Sin
embargo, en la práctica la falta de uniformidad no debe sorprendernos.
Algunas veces intencionalmente, otras por mera descoordinación,
lo cierto es que existen grandes oportunidades de planificación
fiscal en los países pertenecientes a la OECD tales como Bélgica,
Gran Bretaña, Luxemburgo y Suiza, frente a las cuales las normas
anti-elusión estatales no son eficaces, a las que ahora se
han sumado algunas CCAA españolas. A todo ello debemos añadir
que el efecto contrario también se está produciendo
y son frecuentes los casos de multitributación en el ISD de
varias jurisdicciones por los mismos bienes. Sería extremadamente
importante que las diferencias normativas internas eviten supuestos
de doble tributación.
La variedad normativa y la existencia de presunciones y conceptos
jurídicos indeterminados (especialmente aplicados en la determinación
del valor real de los bienes y derechos) hace necesario que el debate
sobre el fundamento del impuesto trascienda del plano teórico.
La alternativa más razonable sería modificar el impuesto
a nivel estatal declarando exentas las transmisiones hereditarias
a favor de cónyuges, ascendientes, o descendientes, siempre
que no se produzca un incremento de la capacidad económica
- pues los bienes ya estaban integrados en el patrimonio familiar
-. Entre tanto habrá que seguir atentos las reformas emprendidas
por los parlamentos autonómicos y la coordinación con
otras legislaciones europeas.
CARLOS ENRECH
FRANCÉS
MÓNICA PERIANES GUTIÉRREZ
Abogados, Área Fiscal de mmm&m
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